Ana Carolina Garcia | Advogada
ÁREA DE PRÁCTICA

Derecho Tributario

Planificación tributaria, recuperación de montos pagados de más y defensa en infracciones y ejecuciones fiscales, para personas y empresas.

CÓMO ACTUAMOS

Del primer contacto a la decisión

01Conversación
02Análisis
03Estrategia
04Seguimiento

Derecho Tributario: seguridad para pagar lo justo

Impuestos, tasas y contribuciones pesan en el presupuesto de personas y empresas, y las reglas cambian con frecuencia. El Derecho Tributario existe para que el cobro respete la ley y usted pague solo lo que corresponde.

Actuamos de forma preventiva, organizando la situación fiscal antes de que surja el problema, y también en la defensa, cuando ya existe una infracción, una ejecución fiscal o un embargo de bienes.

Planificación y revisión tributaria

Analizamos el régimen tributario, los créditos no aprovechados y los pagos de los últimos años. Muchas veces hay montos pagados de más que pueden recuperarse dentro del plazo de cinco años.

Defensa en infracciones y ejecuciones fiscales

¿Recibió un acta de infracción o fue citado en una ejecución fiscal? Los plazos son cortos. Presentamos impugnaciones y recursos en la vía administrativa y la defensa adecuada en el Poder Judicial, buscando reducir o anular el cobro indebido.

También orientamos sobre parcelamientos, transacciones tributarias y regularización de deudas, comparando siempre los costos de cada camino.

Cómo trabajamos

En la primera conversación entendemos su situación e indicamos los documentos necesarios. Luego presentamos por escrito el análisis, los riesgos y la propuesta de honorarios, en lenguaje sencillo.

Servicios

  • Planificación y revisión tributaria
  • Recuperación de tributos pagados de más
  • Defensa en actas de infracción
  • Ejecución fiscal y embargo de bienes
  • Parcelamiento y transacción tributaria

Preguntas frecuentes

Pagué impuestos de más. ¿Puedo recuperarlos?

Por regla general, es posible pedir la restitución o compensación de los montos pagados indebidamente en los últimos cinco años. Analizamos los documentos e indicamos el mejor camino.

Recibí un acta de infracción. ¿Qué hago?

No deje pasar el plazo: la impugnación administrativa suele tener un plazo de 30 días. Envíe el acta y los documentos para evaluar la defensa.

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