Ana Carolina Garcia | Advogada
ÁREA DE PRÁCTICA

Laboral

Actuación en despidos, conceptos laborales, jornada, accidentes de trabajo y cuestiones de seguridad social.

CÓMO ACTUAMOS

Del primer contacto a la decisión

01Conversación
02Análisis
03Estrategia
04Seguimiento

Derecho Laboral: conozca y defienda sus derechos

El trabajo ocupa buena parte de nuestra vida, y es natural que surjan dudas: ¿la liquidación se pagó correctamente? ¿Se registraron las horas extras? ¿Qué hacer después de un accidente en el trabajo? El Derecho Laboral existe para equilibrar esta relación y garantizar que el esfuerzo de quien trabaja sea reconocido de forma justa.

Nuestra actuación se centra en el trabajador. Analizamos documentos, recibos de sueldo y registros de jornada, explicamos con claridad qué derechos pueden existir en su caso e indicamos, con honestidad, si conviene buscar un acuerdo o presentar una demanda ante la Justicia del Trabajo.

Ilustración de libreta de trabajo, calculadora y reloj de fichar que representan la liquidación y las horas extras en el Derecho Laboral
La liquidación debe pagarse dentro de los diez días posteriores al fin del contrato.

Terminación del contrato y liquidación

En el despido sin justa causa, el trabajador suele tener derecho al saldo de salario, preaviso, vacaciones vencidas y proporcionales con un tercio adicional, aguinaldo proporcional, liberación del FGTS con multa del 40% y, si cumple los requisitos, al seguro de desempleo. El preaviso es proporcional al tiempo de servicio: comienza en 30 días y aumenta tres días por año trabajado, hasta un máximo de 90 días.

La empresa tiene diez días, contados desde el fin del contrato, para pagar la liquidación. Retrasos, cálculos erróneos y depósitos de FGTS no realizados son problemas frecuentes. Revisamos el acta de terminación línea por línea y, si hay diferencias, buscamos el cobro de forma amistosa o judicial.

También orientamos en renuncias, acuerdos de terminación previstos en la CLT, despido indirecto, cuando es el empleador quien incumple gravemente el contrato, y despidos por justa causa que puedan impugnarse.

Jornada laboral y horas extras

La Constitución limita la jornada a ocho horas diarias y 44 semanales, y las horas extras deben pagarse con un recargo mínimo del 50%. Descansos no concedidos, trabajo en feriados, recargo nocturno, guardias y bancos de horas irregulares también pueden generar montos a cobrar.

Reunir pruebas es fundamental: registros de jornada, mensajes, correos, turnos y testigos ayudan a demostrar la jornada real. Le explicamos qué conservar desde ya, aunque todavía trabaje en la empresa.

Accidentes de trabajo y enfermedades profesionales

Los accidentes en el lugar de trabajo, en el trayecto en situaciones específicas y las enfermedades causadas o agravadas por la actividad, como lesiones por esfuerzo repetitivo y problemas de columna, pueden generar derechos laborales y previsionales. La empresa debe emitir la Comunicación de Accidente de Trabajo, conocida como CAT.

El trabajador que recibe una prestación por accidente tiene, por regla general, estabilidad en el empleo durante doce meses tras su regreso. Según el caso, también es posible reclamar indemnización por daños materiales, morales y estéticos, además de una pensión cuando se reduce la capacidad de trabajo.

Ilustración de casco de seguridad y escudo de protección que simbolizan el accidente de trabajo y la estabilidad laboral
Tras un accidente de trabajo, la empresa debe emitir la CAT y el trabajador puede tener estabilidad laboral.

Reconocimiento de la relación laboral

Muchas personas trabajan sin contrato registrado, como prestadoras de servicios o mediante una empresa abierta solo para emitir facturas. Cuando existen prestación personal, habitualidad, remuneración y subordinación, la relación puede reconocerse como empleo, con derecho a vacaciones, aguinaldo, FGTS y aportes al INSS.

Cada situación se analiza con cuidado, porque no toda contratación como persona jurídica es irregular. Evaluamos contratos, rutina y forma de pago antes de recomendar cualquier medida.

Prestaciones de la seguridad social

La relación laboral está directamente vinculada con la Seguridad Social. Orientamos sobre prestaciones por incapacidad temporal, jubilación por incapacidad permanente, subsidio por accidente y revisión de prestaciones denegadas o mal calculadas por el INSS, tanto en la vía administrativa como en la judicial.

Un punto que a menudo pasa desapercibido es el Registro Nacional de Información Social, el CNIS, que reúne los vínculos laborales y las contribuciones de cada trabajador. Períodos sin registro, salarios informados por debajo de lo real y aportes que no aparecen en el sistema pueden reducir el valor de una prestación futura. Revisar este registro con anticipación permite corregir fallas antes de solicitar la jubilación.

Plazos: no lo deje para después

El trabajador tiene hasta dos años después del fin del contrato para presentar la demanda, y puede reclamar los derechos de los últimos cinco años. Pasado ese plazo, el derecho a reclamar puede perderse. Por eso, buscar orientación poco después de dejar la empresa marca la diferencia.

En la primera conversación, usted nos cuenta lo ocurrido y le indicamos qué documentos reunir. Luego presentamos por escrito un análisis del caso, los riesgos y la propuesta de honorarios. Desde la Reforma Laboral de 2017, quien pierde una demanda puede tener que pagar honorarios a la otra parte, por lo que evaluamos cada pedido con responsabilidad.

Durante el proceso, usted sigue audiencias, plazos y decisiones por el portal del cliente, con explicaciones en lenguaje sencillo. No prometemos resultados, pero garantizamos un análisis serio, transparencia y dedicación de principio a fin.

Servicios

  • Despido y conceptos
  • Horas extra
  • Accidente de trabajo
  • Reconocimiento de relación laboral
  • Prestaciones de la seguridad social

Preguntas frecuentes

Me despidieron. ¿Qué debo reunir?

La cartera de trabajo, las nóminas, el documento de despido y los comprobantes de jornada ayudan en el análisis.

¿Puedo consultar en línea?

Sí. La conversación inicial puede hacerse por videollamada.

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